• Para obtener el descuento por pronto pago del 10% la última fecha de pago es el viernes 17 de abril de 2026.
• Ultima fecha de pago sin descuento antes del viernes 10 de julio de 2026.
• La declaración inicial se debe realizar antes del viernes 12 de Junio de 2026.
Primera Cuota: Viernes 05 de Junio.
Segunda Cuota: Viernes 14 de Agosto.
Tercera Cuota: Viernes 02 de Octubre.
Cuarta Cuota: Viernes 04 de Diciembre.
• Para obtener el descuento por pronto pago del 10% la última fecha de pago es el viernes 15 de mayo de 2026
• Ultima fecha de pago sin descuento antes del viernes 24 de julio de 2026
La declaración inicial se debe realizar antes del viernes 12 de Junio de 2026.
Primera Cuota: Viernes 03 de Julio.
Segunda Cuota: Viernes 04 de Septiembre.
1. Ingrese al portal de la Secretaría de Hacienda de Bogotá y de clic en Oficina Virtual.
2. Seleccione la opción que requiera: impuesto predial o impuesto de vehículos automotores.
3. Acceda a la Oficina Virtual con su correo electrónico y contraseña. (Si no está registrado, puede inscribirse).
4. Seleccione la opción Declaraciones y genere la declaración correspondiente.
5. Pague por PSE o imprima la declaración y pague en una entidad recaudadora autorizada.
6. Al finalizar, descargue el comprobante de pago.
También puede comunicarse al WhatsApp de la secretaria de hacienda al número 3057978608 y solicitar el impuesto predial y/o vehicular.
Pago Bimestral – Con impuesto a cargo en la vigencia 2025 superior a 391 UVT, ($19.471.409)*

*Los contribuyentes del régimen común del impuesto de Industria y Comercio bimestral, que registren un ingreso neto superior a 43.498 UVT en el periodo a declarar, presentaran la sobretasa bomberil en los mismos plazos de ICA bimestral.
Quienes tuvieron en el año 2025 un impuesto a cargo hasta 391 UVT ($49.799) equivalente a ($19.471.409). 26 DE FEBRERO DE 2027
Los contribuyentes del régimen común anual de ICA que registren un ingreso neto superior a 43.498 UVT, en el periodo a declarar, presentaran la sobretasa bomberil en el plazo establecido para el régimen común anual.
Con ingresos brutos totales en el 2025, inferiores a 3500 UVT ($49.799), equivalentes a $174.296.500. No están obligados a declarar quienes tengan ingresos netos en el 2026 inferiores a 1933 UVT ($52.374) equivalentes a $101.238.942.
NOTA: Información tomada de la página www.haciendabogota.gov.co
Quienes están obligados a declarar renta para el 2026
• Quienes tengan un patrimonio bruto igual o superior a $235.683.000 a 31 de Diciembre de 2025.
• Quienes hayan tenido ingresos totales iguales o superiores a $73.323.600 durante el año 2025.
• Quienes realizaron consumos mediante tarjeta de credito iguales o superiores a $73.323.600 durante el año 2025.
• Quienes realizaron compras y consumos totales por un monto igual o superior a $73.323.600 durante el año 2025.
• Quienes acumularon consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras (CDT o CDaT), acumuladas por un monto igual o superior a $73.323.600 durante el año 2025.
Declaración y pago 1ª cuota y anticipo 1ª cuota puntos adicionales.
Declaración y pago 2ª cuota y anticipo 2ª cuota puntos adicionales.
Valor UVT (unidad de valor Tributario) para el año 2026 $52.374.
Salario mínimo se incrementó en un 23% para un total de $1.750.905.
Auxilio de transporte quedo en $249.095.
De acuerdo al aumento del SMLMV dado por el Gobierno Nacional les quiero compartir datos a tener en cuenta para el presupuesto 2026.
Con referencia a la Reforma Laboral Ley 2466 de 2025:
1. Jornada laboral de 42 horas (entra en vigencia a partir de 15 julio 2026).
2. El Horario Diurno: 6:00 am-7:00 pm y horario Nocturno: 7:00 pm-6:00 am (entro en vigencia a partir del 25 de diciembre de 2025).
3. Recargos Dominicales y Festivos: 90% (entra en vigencia a partir del 1 de julio de 2026).
4. Una vez reglamentado por Decreto la monetización del SENA que quedo incorporada en la Reforma Laboral Ley 2466 de 2025, habrá un reajuste respectivo.
Vigilancia
A partir del 25 de diciembre la tarifa del servicio de vigilancia paso de 9.53% salarios mínimos a 9.77% salarios mínimos.
Las tarifas del servicio de vigilancia se volverán a incrementar a partir del 1 de julio de 2026 pasarán hacer 9.85%.